Santo Domingo de Silos · Bodas

Preguntas frecuentes sobre la tramitación del expediente

¿En qué parroquia hay que hacer el expediente matrimonial?

En la parroquia a la que pertenece el domicilio de los contrayentes. Si son de parroquias distintas dentro de la misma diócesis, puede hacerse en cualquiera de ellas. Si el expediente se hace en una diócesis distinta a la de Getafe, deberá pasar por el Obispado de origen y por el de Getafe, que emitirá el Alegato V para entregar en Santo Domingo de Silos.

¿Con cuánta antelación conviene hacer el expediente?

A partir de cinco o seis meses antes de la boda. Todos los trámites deben estar realizados un mes antes de la boda.

¿Qué documentos hay que aportar?

  • Fotocopia del DNI de los contrayentes.
  • Partida de nacimiento o fotocopia de los Libros de Familia de sus padres.
  • Partida de bautismo con menos de seis meses de antigüedad (legalizada si procede de otra diócesis).
  • Certificado del Cursillo Prematrimonial.
  • En caso de matrimonio civil previo: partida de matrimonio civil o Libro de Familia.
  • En caso de viudedad: certificado de defunción del anterior cónyuge.

¿Quiénes deben prestar declaración en el expediente?

Los novios y los testigos. Los testigos deben ser preferiblemente no familiares, con trato reciente y frecuente desde hace más de cinco años con el novio o con la novia, según sobre cuál de los dos vayan a testificar. Un mismo testigo puede testificar sobre los dos, si conoce a ambos suficientemente bien. Por tanto, los testigos pueden ser: dos por el novio más otros dos por la novia, uno por el novio más otro por la novia más otro por los dos, o sólo dos testigos comunes a la novia y al novio.

Estos testigos que declaran en el momento de hacer el expediente matrimonial testifican que la boda se puede celebrar. Los testigos que firman el día de la boda testificarán que la boda de hecho se ha celebrado y no tienen que coincidir necesariamente con los testigos del expediente. Los testigos del día de la boda pueden ser familiares y en principio serán dos, además del padrino y la madrina, que también deben firmar el acta de la celebración de la boda.